La Unión Europea ha aprobado una nueva normativa que regula un etiquetado distintivo en los distintos tipos de combustible a fin de hacerlos más identificables por los consumidores.
Esta nueva regulación será obligatoria en gasolineras y vehículos nuevos a partir del 12 de octubre.
También deben incluir este nuevo etiquetado de combustibles, los ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuadriciclos, así como automóviles, vehículos comerciales ligeros y pesados, autocares y autobuses.
En España se sumará al etiquetado medioambiental de la DGT en función de las emisiones.
El nuevo etiquetado de combustible se divide en tres tipos generales, gasolina, gasóleo, y combustibles gaseosos, con distintas etiquetas: circular para la gasolina, cuadrado para el diésel y rombo para los gaseosos.
Cada grupo se subdividirá en diferentes nomenclaturas según la clase específica, contando con hasta diez tipologías distintas:
Gasolina: E5, E10, E85
Diesel: B7, B10, XTL
Gaseosos: H2 (hidrógeno), LPG (Gas Licuado de Petróleo o Autogas), CNG (Gas Natural Comprido), LNG (Gas Natural Licuado).
Solo estarán obligados a llevar la identificación los coches nuevos o los matriculados a partir del 12 de Octubre.
En automóviles, camiones, motocicletas y demás vehículos, la etiqueta se ubicará junto al tapón de llenado o en la tapa del depósito, así como en el manual de usuario.
En gasolineras estarán junto a los surtidores, así como en sus boquereles.
En F.Tomé lo mostraremos en todos los coches de nuestra exposición.